En el pasado año mas exactamente el 19 de noviembre la corte internacional de justicia (CIJ) dicto sentencia a la demanda presentada por Nicaragua a Colombia en la que reclamaba la soberania sobre las islas de San Andres y Providencia, los cayos Alburquerque, Roncador, Serrana, Bajo Nuevo,
Quitasueño y Serranilla ademas exigia área marítima que hasta el momento pertenecía a Colombia de acuerdo con el tratado de Esguerra-Bárcenas que establecia como limite entre los dos países el meridiano 82.La corte decidio dejarle la soberania de las islas y los cayos a Colombia pero a su vez le quito cerca del 43% del area maritima .
El presidente colombiano Juan Manuel Santos dijo mediante alocucion presidencial que el fallo era inaplicable y decidio retirarse del pacto de Bogota medida que tendria valides despues de un año durante el cual la corte tendria jurisdiccion es decir que a las demandas presentadas durante ese año les dictaría sentencia. Las fragatas Colombianas siguen en el area maritima otorgada por la corte a Nicaragua custodiando a los pescadores.
El presidente colombiano Juan Manuel Santos dijo mediante alocucion presidencial que el fallo era inaplicable y decidio retirarse del pacto de Bogota medida que tendria valides despues de un año durante el cual la corte tendria jurisdiccion es decir que a las demandas presentadas durante ese año les dictaría sentencia. Las fragatas Colombianas siguen en el area maritima otorgada por la corte a Nicaragua custodiando a los pescadores.
Sin embargo el pasado 26 de noviembre un día antes de que la (CIJ) quedara sin jurisdiccion sobre Colombia, Nicaragua presento una nueva demanda por no acatar el fallo y por el uso de la fuerza por lo que el gobierno colombiano a llamado aconsulta a la embajadora de Colombia en Nicaragua.
Colombia alega que Nicaragua nunca llego a presentar una nota de protesta
Mapa de la fronteras marítimas trazadas por la (CIJ)
Colombia alega que Nicaragua nunca llego a presentar una nota de protesta
Mapa de la fronteras marítimas trazadas por la (CIJ)
0 comentarios:
Publicar un comentario